La apertura de nuevo de las obras abre la esperanza a una mas rápida recuperación, eso si siguiendo estrictamente las normas de Seguridad y Saludo. El Consejo de Ministros en su reunión del 7 de abril acordó solicitar del Congreso de los Diputados autorización para prorrogar el Estado de Alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, hasta las 00:00 horas del día 26 de abril, en las mismas condiciones establecidas en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo.

El Presidente del Gobierno anunció la intención del Gobierno de no prorrogar la vigencia inicial, hasta el 9 de abril, del permiso retribuido obligatorio y recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales, que tenía el fin de reducir la movilidad de la población en el contexto de la lucha contra el COVID19.

Por su parte, las actividades de la ingeniería, de las obras públicas, de la construcción y de la edificación no aparecen identificadas como actividades suspendidas en el anexo del Real Decreto 463/2020 por el que se declara el estado de alarma Por ello, a partir del 13 de abril, la movilidad dejará de estar restringida para el desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar prestaciones laborales, profesionales o empresariales y, por ende, los trabajos presenciales y en obra se puedan recuperar. Y ello sin perjuicio del carácter preferente del trabajo a distancia cuando se pueda desarrollar de tal forma y sea técnica y razonablemente posible, según lo establecido en el Real Decreto-Ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.

SOLEXIN continua en el desarrollo de su actividad empresarial y profesional. Teniendo en cuenta las instrucciones de las autoridades sanitarias, en relación con la protección de la salud y seguridad de la ciudadanía y de los profesionales.

SOLEXIN entiende que las Administraciones deberían dar pautas generales para establecer, en las obras públicas y en las actividades de construcción y edificación, medidas de prevención específicas para frenar la expansión del virus COVID 19. Las medidas de policía sanitaria aprobadas por el Gobierno deben entenderse automáticamente incorporadas Plan de Seguridad y Salud. En el caso de que impliquen cambios en el proceso constructivo de las obras reabiertas o de alguna unidad de obra podría ser necesaria la evaluación de la oportuna modificación del Plan de Seguridad y Salud y, por tanto, en su caso, la realización y aprobación del anexo correspondiente. Se entiende que los gastos sobrevenidos por la suspensión y las medidas extraordinarias deberían dar lugar a expedientes de daños, que deberán valorarse para cada obra, y a los pagos consiguientes por la situación generada.

SOLEXIN quiere destacar que la recuperación, con la debida seguridad, de la actividad de las obras públicas, de la construcción y de la edificación contribuye a la activación económica. Para ésta es necesario, también, que se arbitren medidas de anticipos de obras a las empresas y relativas a acopios; medidas tendentes al refuerzo y adelanto del ritmo de las licitaciones y adjudicaciones de las Administraciones y de los organismos y entidades del Sector Público en el ámbito de la ingeniería, la obra pública y la construcción; así como las medidas necesarias para la ágil tramitación tanto de los procedimientos, recurriendo a la tramitación de emergencia cuando sea posible, como del pago, dentro del plazo legal, de los trabajos derivados de los contratos públicos. Todo ello contribuirá al objetivo nacional del máximo mantenimiento del empleo.

Fuente: Colegio de Caminos de Madrid